Ley de Protección de Datos
31 de Diciembre de 2010
Conforme a lo que dispone el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, a partir del próximo 1 de enero, todos los socios de esta Federación deberán leer y autorizar el Documento de Información y Autorización (clic aquí), todo ello para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Ley. Dicho documento es parecido al exigido por la Real Federación Española de Tiro Olímpico para aquellos tiradores que adquieren la Licencia Nacional.
Cuando un Club solicite la Licencia Territorial del año 2011 de los socios pertenecientes al mismo, deberá adjuntar cumplimentado y firmado dicho documento por cada socio solicitante de la Licencia. Este trámite se realizará sólo una vez y servirá para toda la etapa deportiva de los tiradores.
No se expedirá ninguna Licencia Territorial sin que obre en poder de la Federación el Documento de Información y Autorización firmado. Se incluye en el apartado Normativa una Nota aclaratoria (clic aquí) para todos los deportistas. Se autoriza que, en caso de duda, se pongan en contacto con esta Federación.
Se incluye también en el apartado Normativa, el modelo de solicitud de Alta Federativa (clic aquí) para los nuevos socios con los párrafos informativos relativos a la mencionada Ley. No se admitirán, a partir del próximo 1 de enero, altas en modelos diferentes al oficial.
Las anteriores normas y modelos fueron aprobados en Asamblea Extraordinaria celebrada el pasado 17 de diciembre.
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